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Documentación para navegar por aguas extranjeras

En el siguiente post, vamos a hablar de los requisitos básicos y necesarios para manejar tu embarcación por aguas extranjeras, osea, fuera de España en caso de que tu barco lleve bandera española. Se trata de documentación que debes llevar contigo tanto si ejerces de patrón como si optas por el alquiler de barcos

En primer lugar, nos gustaría dejar claro que no existe ningún inconveniente, siempre y cuando estén todos los papeles en regla y el patrón o capitán disponga de una titulación náutica en vigor. 

Titulación náutica

Existen varios tipos de titulaciones náuticas, pero un español deberá obtener los siguientes para navegar fuera de España: 

Hace algunos años se consideraba que alta mar no pertenecía a ninguna nación, es decir, era de uso completamente libre. Y estamos hablando del año 1609. Pero ya no es del todo así.

Para las embarcaciones de recreo, cada embarcación se rige por la normativa del país que lleva en la bandera. De este modo, si tu embarcación posee bandera española, eso significa que estás sujeto a las leyes de navegación españolas. Siempre hemos de cumplir con las normas que aplican a las embarcaciones de bandera española y, no sólo eso, sino también con los requisitos: Seguridad, Reglamento de Abordajes, IALA de balizamiento, las disposiciones sobre contrabando, drogas, polizones, contaminación, etc.

Pero para poder navegar por aguas extranjeras sin infringir las normas, los barcos de bandera española necesitan obtener los títulos mencionados.Y como decíamos, la titulación tiene que estar en vigor, teniendo en cuenta que, excepto la licencia de navegación, todos los títulos caduca. 

Registro del barco y permiso de navegación

Si pensamos entrar en aguas extranjeras es importantísimo llevar con nosotros siempre los documentos de registro del barco que acrediten la propiedad o derechos de uso de la embarcación, el seguro, etc.

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Todas las embarcaciones deben tener un seguro obligatorio que debes llevar contigo (la póliza del seguro y el justificante de pago anual en vigor).

Al igual que el permiso de circulación para el coche, cuando se navega también es indispensable llevar un permiso de navegación. En este permiso constan los siguientes datos: nombre, NIB, matrícula, características técnicas, zona de navegación, propulsión, titulación requerida, datos de lo/s propietario/s. Además, el permiso de navegación se ha de renovar periódicamente. Si la eslora del barco es inferior a 6 metros, se ha de renovar cada 5 años. Si la eslora es superior a 6 metros, entonces están sujetos a inspecciones periódicas que se anotarán en el Certificado de navegabilidad y, cuando expiren, deberá emitirse un nuevo permiso de navegación.

Otros documentos fundamentales para navegar con bandera española en aguas extranjeras

Donde quiera que estés planeando navegar, siempre se tiene que llevar a bordo:

  • Los papeles del barco.
  • Documentos originales de Registro.
  • Rol o licencia de navegación.
  • Licencia de estación de barco (LEB)
  • Certificado de operador.
  • Documento original de la póliza y el recibo que acredite que el seguro está vigente.
  • Por último, revisa los límites territoriales que aparecen en tu póliza, por tener en mente la cobertura de Responsabilidad Civil.

Estos son todos los papeles necesarios para navegar en aguas de la Unión Europea, además de las titulaciones náuticas previas de las que hemos hablado anteriormente. 

Y, por supuesto, no te olvides de tu documentación personal: pasaporte y tarjeta sanitaria europea.  

Y con todo esto, ya sabes que siempre que nos necesites aquí estamos.

¡A disfrutar de la travesía!